Abre la temporada de caza deportiva en Córdoba: Requisitos para la práctica

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La Secretaría de Ambiente, perteneciente al Ministerio de Coordinación, informa que comenzó la temporada de caza deportiva en la provincia de Córdoba correspondiente al año 2023 y parte del 2024.

La Resolución n°132, publicada en el Boletín Oficial, da inicio a la temporada de caza, y establece la fecha, modalidad, cupos y zonas autorizadas para realizar la actividad.

A continuación, se detallan las fechas dispuestas, según la especie:

  • Inambúes chicos y liebre europea: a partir del día sábado 10 de junio de 2023 hasta el domingo 16 de julio de 2023 inclusive.
  • Paloma dorada, paloma ala manchada y lora común: a partir del día 20 de junio del 2023 hasta el 20 de junio de 2024 inclusive.
  • Jabalí europeo, chancho cimarrón, ciervo colorado, ciervo axis, ciervo dama: a partir del día 15 de junio del 2023 hasta el 15 de junio de 2024 inclusive.

En cuanto a los cupos permitidos, para los inambúes y perdiz chica, se permite hasta ocho ejemplares en total (considerando ambas especies) por cazador, por excursión de uno o más días. En el caso de la liebre europea, se establece un cupo de diez ejemplares por cazador, por excursión de uno o más días.

En el caso de las palomas, loras, jabalí europeo, chancho cimarrón y ciervos (colorados, axis y dama), se establece un cupo liberado y se permite la caza durante todos los días de la semana (de lunes a lunes).

Por otro lado, se establece la siguiente modalidad:

  • Para perdiz y liebre europea únicamente los días sábados, domingos y feriados nacionales y/o provinciales (no así los de carácter departamental o municipal), en los periodos establecidos precedentemente y solo durante la luz diurna.
  • En el caso de loras, palomas y ciervos colorados la actividad se encuentra habilitada de lunes a lunes durante luz diurna.
  • Para el jabalí europeo y chancho cimarrón, se encuentra habilitada de lunes a lunes y, por su comportamiento, en horario nocturno, en la que sólo se permite el uso de iluminación artificial portátil, quedando totalmente prohibido cazar con luz del vehículo y/ o desde el mismo, y el uso de perros.

Cabe destacar que, dentro de la actividad de caza deportiva se incluye a la cetrería como modalidad que tiene, entre sus objetivos principales, el control de especies sobrepobladas o plagas. por lo tanto, se sugiere autorizar la caza exclusiva de paloma dorada y paloma ala manchada durante todo el año y en todo el territorio provincial, excepto las Áreas Naturales Protegidas.

Por otro lado, la Resolución resuelve, a partir de la realización de estudios poblacionales, la veda total para la especie inambú montaraz y el resto de las especies que no fueron especialmente autorizadas en esta disposición.

Caza comercial de liebre europea

A partir de la Resolución n° 124, se habilitó la caza comercial de liebre europea, desde el 10 de junio de 2023 y con fecha de cierre el día 05 de agosto de 2023.

El cupo habilitado es de 50.000 ejemplares, con un peso mínimo para la pieza entera de tres mil gramos. La actividad deberá realizarse en horario nocturno, permitiéndose el uso de reflectores, vehículos y equipos preparados a tal efecto, los que deberán estar autorizados por la Secretaría de Ambiente mediante la emisión de una oblea y licencias habilitantes.

Requisitos

Tanto para práctica de la caza deportiva como para la actividad de caza comercial, la cartera ambiental recuerda que es requisito indispensable contar con la licencia de caza anual o permiso diario de caza y con autorización escrita del propietario, administrador, poseedor o tenedor de cualquier título legítimo del campo donde se desarrolle la actividad. Asimismo, el cazador deberá transitar obligatoriamente en todo el territorio de la provincia con la hoja de ruta correspondiente.

Zonas autorizadas y vedadas

La Dirección de Jurisdicción de Recursos Naturales de la Secretaría de Ambiente, pone a disposición los mapas con las diferentes zonas establecidas para la caza comercial y la caza deportiva.

Mapas Anexo Resolución N° 124 y Nº 132.