Con
los
votos
del
bloque
oficialista
de
Carlos
Paz
Unido,
el
Concejo
de
Representantes
aprobó
este
jueves
un
proyecto
de
ordenanza
que
establece
un
nuevo
esquema
tarifario
para
la
Tasa
de
Servicio
de
Recolección
y
Tratamiento
de
Líquidos
Cloacales.
La
medida
fue
tratada
durante
una
sesión
extraordinaria
convocada
para
este
jueves
al
mediodía
para
el
tratamiento
del
punto
Nº243/2024-25,
el
cual
fue
aprobado
por
7
votos
positivos
del
bloque
CPU,
con
la
ausencia
de
la
concejala
Noelia
García
Roñoni.
La
ordenanza
fija
las
distintas
categorías
de
usuarios
para
el
servicio,
define
los
consumos
mínimos
y
contempla
un
sistema
de
cargos
por
excedentes,
según
el
volumen
mensual
en
metros
cúbicos
(m³)
y
la
actividad
desarrollada
en
cada
inmueble.
Subcategorías
para
alojamientos
turísticos
Uno
de
los
aspectos
centrales
del
proyecto
es
la
incorporación
de
subcategorías
específicas
para
alojamientos
turísticos
—como
hoteles,
hosterías,
hospedajes,
residenciales
y
campings—
con
consumos
diferenciados
entre
temporada
alta
y
baja.
Esta
diferenciación
fue
solicitada
por
el
sector
turístico
en
el
marco
del
Masterplan
de
Turismo
Sostenible
que
impulsa
el
municipio,
ante
la
necesidad
de
equilibrar
los
costos
operativos
según
la
estacionalidad,
se
indicó
durante
la
sesión.
La
nueva
norma
también
establece
quiénes
son
responsables
del
pago
de
la
tasa
y
contempla
exenciones
proporcionales
a
aquellas
ya
otorgadas
por
el
servicio
de
agua.
El
consumo
cloacal
se
calculará
en
base
al
volumen
de
agua
utilizado
por
cada
unidad
habitacional
con
acceso
al
servicio,
independientemente
de
su
uso
efectivo.
Desde
el
Departamento
Ejecutivo
Municipal
destacaron
que
el
nuevo
esquema
se
elaboró
en
articulación
con
el
sector
privado
y
académico,
“buscando
una
solución
equitativa
y
sustentable
que
promueva
el
desarrollo
turístico
sin
desatender
las
necesidades
ambientales
y
fiscales
de
la
ciudad”.
Las
categorías
que
establece
esta
ordenanza
son
las
siguientes:
-
Categoría
A
(01): Kioscos,
Locales
Comerciales
No
incluidos
en
otras
categorías,
Depósitos,
Talleres
Mecánicos,
Carpinterías,
Bancos,
Gimnasios,
Canchas
de
Fútbol,
Canchas
de
Paddle
sin
ducha/vestuario,
Consultorios
Médicos,
Industrias
no
consuntivas,
y
otros
destinos
similares. -
Categoría
B
(02): Viviendas
(Casas
de
Familia). -
Categoría
C
(03):
Teatros,
Salas
de
Cine,
Salones
de
fiesta,
Salones
de
exposición,
Gimnasios,
Canchas
de
Fútbol,
Canchas
de
Paddle
con
ducha/vestuario,
y
otros
destinos
similares. -
Categoría
D
(04): Bares,
Restaurantes,
Casas
de
Comidas,
Parrillas,
Confiterías,
Boîtes,
Clubes
Nocturnos,
Mercados,
Supermercados,
Carnicerías,
Panaderías
con
panificación,
Viveros
y
otros
destinos
similares. -
Categoría
E
(05): Hoteles,
Hosterías,
Hospedajes,
Residenciales,
Moteles,
Campings,
Clínicas,
Establecimientos
Educativos
y
otros
destinos
similares. -
Categoría
F
(06): Estaciones
de
Servicio
sin
lavadero,
Tintorerías
y
otros
destinos
similares. -
Categoría
G
(07): Estaciones
de
servicio
con
lavadero,
Lavaderos
de
automóviles,
Lavaderos
de
ropa,
Talleres
de
marmolería,
Fábrica
de
mosaicos,
Fábricas
de
bebidas,
Industrias
frigoríficas,
Fábricas
de
hielo
y
otros
destinos
similares. -
Categoría
I
(09): Cocheras
con
individualidad
catastral. -
Categoría
J
(10): Baldíos. -
Categoría
K
(11): Clubes,
Natatorios.
Este
es
el
proyecto
aprobado
este
jueves:
Pto.
Nº243-2024-25
DEM
P.O.
Fijar
Categorias
Para
La
Aplicación
de
La
Tasa
de
Servicio
de
Recolección
y
Tra…
by
Gabriela
Yalangozian