El flagelo de los accidentes en moto: Carlos Paz le pide a la Provincia que ponga más controles policiales

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A
través
de
un
proyecto
de
ordenanza
que
envió
al
Concejo
de
Representantes,
el
Ejecutivo
planteó
el
cumplimiento
del
Código
de
Convivencia
provincial
para
que
se
establezcan
controles
policiales
rotativos
de
motocicletas.

La
situación
del
tránsito
en
Carlos
Paz
plantea
un
desafío
para
las
autoridades
a
partir
de
la
cantidad
ascendente
de
siniestros
viales
con
personas
heridas
y
víctimas
fatales.
En
la
mayoría
intervienen
motocicletas.

En
sus
considerandos,
el
proyecto
plantea
que
“el
Código
de
Convivencia
Ciudadano
de
la
Provincia
de
Córdoba,
en
su
artículo
105,
plantea
que
en
caso
de
conducción
peligrosa
establece
que
“serán
sancionados
con
hasta
diez
(10)
días
de
trabajo
comunitario,
multa
de
hasta
veinte
Unidades
de
Multa
(20
UM)
o
arresto
de
hasta
diez
(10)
días
e
inhabilitación
de
hasta
ciento
veinte
(120)
días
los
que
en
calles,
caminos
o
rutas
públicas
condujeren
vehículos
de
manera
peligrosa
para
su
propia
seguridad
o
la
de
terceros”.

Además,
se
señaló
que
el
máximo
de
la
sanción
prevista
se
duplicará
si
se
hubiere
causado
un
accidente
y,
sin
incurrir
en
el
delito
de
abandono
de
personas
previsto
en
el
Código
Penal,
fugaren
o
intentaren
eludir
la
autoridad
interviniente.
Y
dice
que
“en
caso
de
reincidencia
la
inhabilitación
puede
extenderse
hasta
trescientos
sesenta
(360)
días.
La
inhabilitación
se
comunicará
a
las
autoridades
competentes”.

Asimismo,
el
proyecto
sostiene
el
mismo
Código
plantea
que
las
picadas
también
son
materia
de
sanción
y
multas
al
igual
que
la
conducción
peligrosa
producto
de
la
ingesta
de
bebidas
alcohólicas
o
drogas.

“En
nuestra
ciudad
son
recurrentes
las
faltas
mencionadas
a
los
artículos
detallados
anteriormente,
y
visto
que
dichas
infracciones
están
contempladas
en
el
Código
de
Convivencia
Provincial
mentado,
es
que
requerimos
la
actuación
del
Titular
de
la
Unidad
Contravencional
de
la
Provincia”,
detallan
en
la
iniciativa
y
agregan:

Pese
a
los
esfuerzos
realizados
por
el
gobierno
municipal
entendemos
que
la
situación
es
desbordante
y
se
requiere
una
mayor
intervención
del
Titular
de
la
Unidad
Contravencional
en
el
control
y
sanción
de
estas
conductas”.

Que
se
requiere
una
participación
activa
del
Juzgado
Contravencional
en
la
disposición
de
directivas
precisas
al
Jefe
de
la
Unidad
Departamental
Punilla,
para
que
arbitre
los
medios
necesarios
a
los
fines
de
profundizar
las
acciones
de
control.


Los
artículos

ARTÍCULO
1º.-
SOLICITAR
a
la
Unidad
Contravencional
de
la
Provincia
de
Córdoba
con
Sede
en
la
Ciudad
de
Villa
Carlos
Paz,
que
arbitre
los
medios
necesarios
a
los
fines
de
que
la
Policía
de
la
Provincia
de
Córdoba
disponga
las
medidas
pertinenteds
para
la
prevención,
control,
persecución
y
sanción
del
conjunto
de
faltas
detalladas
en
el
Título
VII
del
Código
de
Convivencia
Ciudadano.

ARTÍCULO
2º.-
SOLICITAR
la
realización
de
controles
periódicos
en
las
arterias
principales
de
nuestra
ciudad
tales
como
Av.
Perito
Moreno,
Av.
San
Martín,
Av.
Cárcano,
Costanera
Arturo
Illia,
Av.
Libertad,
Av.
Uruguay,
Av.
Sarmiento,
Belgrado,
Madrid,
Montecatini,
Roma,
Av.
Los
Sauces
y
las
que
se
estimen
pertinente,
en
el
horario
comprendido
entre
las
22:00
hs.
y
las
05:00
hs.

ARTÍCULO
3º.-
En
el
caso
de
corresponder,
coordinar
con
el
Municipio
de
Villa
Carlos
Paz
a
los
fines
de
solicitar
su
colaboración
para
llevar
adelante
acciones
conjuntas
para
velar
por
la
Seguridad
Ciudadana.